Declaraciones
Amenazas contra organizaciones que trabajan a favor de los
derechos de las mujeres en Colombia. ECAP, 15 de junio de 2007.
Pronunciamiento de la Red Salud - Derechos Humanos en relación a la represión que sufre el pueblo de Aoxaca, México. 9-11-2006
Declaración de La Paz emitida por la Red Salud - Derechos Humanos. 17/10/2006
Declaración de la Red en relación a la situación actual en Medio Oriente. 11/08/2006
Chile: Comunicado de prensa de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos en relación al fallecimiento de Alfredo Stroessner. 16/08/2006.
Declaración de la Alta Comisionada en el día de los Derechos Humanos. 8/12/2005
Relatores especiales reafirman prohibición absoluta de la tortura. ONU Noticia. 9/12/2005
Human Rights Day: Independet experts reaffirm prohibition of torture is absolute. 9/12/2005
DECLARACION DE LA ALTA COMISIONADA EN EL DIA DE LOS DERECHOS HUMANOS - 8 de diciembre, 2005
LA ALTA COMISIONADA PARA LOS DERECHOS HUMANOS SEÑALA QUE LA BATALLA CONTRA EL TERRORISMO SOLO PUEDE GANARSE A TRAVÉS DEL RESPETO TOTAL DE LAS NORMAS DE DERECHOS HUMANOS
Día Internacional de los Derechos Humanos, 10 dediciembre -Declaración de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos, Sra. LouiseArbour:.
La prohibición absoluta de la tortura, piedra angular de los Derechos Humanos, está bajo amenaza. El derecho inherente a la integridad física y dignidad de la persona, principio concebido una vez como inviolable, se ha convertido en una baja de la llamada "guerra contra el terror".
Nadie contradice el hecho que los gobiernos tienen no sólo el derecho pero también la responsabilidad de proteger a sus ciudadanos contra cualquier ataque. La amenaza del terrorismo hace necesaria una mayor coordinación nacional e internacional por parte de autoridades encargadas de hacer respetar la ley. En ocasiones, la existencia de un peligro claro e inminente puede justificar limitaciones en ciertos derechos.
Sin embargo, el derecho a no ser torturado y a no recibir tratos crueles, inhumanos o degradantes no es uno de ellos. Este derecho no puede ser sujeto de ninguna limitación, en ningún lugar, ni bajo ninguna condición.
Muchos Estados miembro de las Naciones Unidas desatienden esta prohibición y continúan sometiendo a sus ciudadanos y a otros a la tortura y a tratos degradantes, a menudo de forma generalizada y sistemática. A pesar de la existencia de una plétora de garantías para prevenir la tortura, muchos Estados no las han incorporado en sus legislaciones nacionales o, si lo han hecho, no las respetan en la práctica. La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos continúa recibiendo numerosos informes sobre agentes estatales que recurren a la tortura en el procesamiento de criminales ordinarios y, cada vez más en nombre de la "guerra contra el terror".
Particularmente insidiosas son las tendencias para minimizar o cuestionar la absoluta prohibición de la tortura y de los tratos degradantes, inhumanos o crueles. Los gobiernos de algunos países alegan que las reglas establecidas ya no sirven; que vivimos en un mundo diferente y que hay una "nueva normalidad". Se argumenta que esta situación justifica rebajar los estándares de lo que se considera como trato permisible a los detenidos. Sin embargo, toda técnica de interrogación ilegal es ilegal independientemente de la nueva descripción que un determinado gobierno le quiera dar.
La intensidad del terrorismo internacional puede que no tenga precedente, pero su naturaleza fundamental no ha cambiado. Se requieren respuestas efectivas e inteligentes de aplicación de la ley. No se ha desarrollado ninguna argumentación creíble que lleve a descartar el progreso conseguido en el camino para extender la protección del Estado de Derecho y de los derechos humanos alrededor del mundo. Al contrario, la batalla contra el terrorismo solo puede ser ganada si las normas internacionales de derechos humanos son respetadas íntegramente. La tortura no sólo es inmoral e ilegal sino que es ineficiente. El surgimiento de una forma particularmente cruel de acción terrorista no ha cambiado esta premisa, como tampoco lo ha hecho el utilizar una definición muy restrictiva de la definición de tortura con el fin de poder justificar otras técnicas violentas de interrogación.
Dos fenómenos están, hoy en día, teniendo un efecto particularmente corrosivo en la prohibición mundial de la tortura y de los tratos degradantes, inhumanos y crueles. El primero es la práctica de utilizar el recurso a la llamada garantía diplomática para justificar el retorno y "devolución" de sospechosos a países donde corren el riesgo de ser torturados. El segundo es la retención de prisioneros en lugares secretos de detención. El primero de estos fenómenos podría hacer que ciertos países se vuelvan cómplices de la tortura llevada a cabo por otros, mientras que el segundo crea las condiciones para que la tortura se producta en el propio país. La tendencia de buscar "garantías diplomáticas" supuestamente para franquear el riesgo de tortura es muy preocupante. La prohibición internacional por ley de la tortura incluye la transferencia de personas - cualquiera sea su crimen o supuestas actividad- a un lugar donde estarían bajo el riesgo de ser sometidos a torturas u otros tratos degradantes (la obligación de no devolución o de non-refoulement). Cuando se enfrentan a la posibilidad de deportar a sospechosos de terrorismo y otros a países donde el riesgo de ser torturados esta bien fundamentado, algunos gobiernos, en particular en Europa y en América del Norte, dan a entender que franquean dicho riesgo recurriendo a garantías diplomáticas de que ninguna tortura, tratos inhumanos, degradantes o cueles serán infligidos.
Hay muchas razones para ser escéptico acerca del valor de dichas garantías. Si no hay riesgo de tortura en casos particulares, estas se vuelven innecesarias y redundantes. Si hubiera un riesgo, ¿cuán efectivas serían esas garantías? Las garantías de que no se pedirá o no será impuesta la pena de muerte son fáciles de verificar. Sin embargo, creo que este no es el caso en situaciones de torturas y tratos degradantes. Aparte de las sofisticadas medidas de verificación que rayan los límites de la intrusión como son la vigilancia constante de deportados por vídeo, existe poca vigilancia que pueda garantizar que el riesgo de tortura será evitado en cualquier caso particular. Mientras los detenidos, como grupo, pueden denunciar a sus verdugos si fueran entrevistados en privado y de forma anónima, es poco probable que un individuo solo revele los maltratos cometidos contra su persona si debiera continuar bajo el control de sus verdugos después de la salida de los "verificadores".
Pero el problema va más allá. Aunque funcionasen ciertos mecanismos de verificación después de la devolución de la persona, el hecho que algunos gobiernos lleguen a acuerdos, que no les comprometen legalmente, con otros gobiernos sobre asuntos que atañen al corazón de varios instrumentos legalmente vinculantes de las Naciones Unidas, es una amenaza al contenido de los derechos humanos. Las garantías diplomáticas básicamente establecen un sistema con dos clases de detenidos. Por un lado se intenta proveer una protección especial bilateral y un régimen de verificación para unos cuantos pocos elegidos, y por otro se ignora la tortura sistemática de otros detenidos, aun cuando todos tienen el derecho en igualdad a la protección de los instrumentos de las Naciones Unidas existentes. En vez de extender esta protección de conveniencia a unos pocos, se deberían dirigir los esfuerzos a eliminar el riesgo de tortura que enfrentan muchas personas. En vez de intentar verificar casos individuales, con limitadas posibilidades de ser efectivo, los esfuerzos deben dirigirse a crear un sistema genuino de verificación de la situación de todos los reclusos en sus lugares de detención. Las herramientas para hacerlo ya existen, incluyendo el Protocolo Opcional a la Convención contra la Tortura, que prevé la creación de mecanismos para acceder a lugares de detención y entrevistar a los detenidos.
Permítanme centrarme ahora en mi segunda preocupación. La detención secreta no es un fenómeno nuevo, pero pareciera que se ha puesto de nuevo de moda en la llamada "guerra contra el terror". Un número desconocido de detenidos de la denominada "guerra contra el terror" están, supuestamente, recluidos en custodia secreta en lugares desconocidos. Detener a personas en secreto, sin que se sepa de su paradero, de su localización o el solo hecho de su detención constituye una "desaparición", que en si, ha sido considerada como tortura o maltrato de la persona desaparecida o de sus familiares y comunidades al haber sido privadas de información sobre la persona desaparecida. Además, toda incomunicación prolongada o detención secreta facilita la perpetración de la tortura y otros tratos degradantes, inhumanos o crueles. Cualquiera que sea el valor de la información obtenida en condiciones secretas, y hay razón para dudar el valor de información conseguida a través de la incomunicación prolongada o detención secreta, ciertos estándares sobre el trato de prisioneros no pueden ser desatendidos. Recurrir a la tortura y a tratos degradantes, inhumanos o crueles expone a aquellos que los cometen ante una responsabilidad criminal y civil, e indiscutiblemente les convierte en objeto de sanción.
Como tantas otras personas, creo firmemente en el Estado de Derecho como guía ante los difíciles retos a los que nos enfrentamos. La ley provee el equilibrio necesario entre el legítimo interés de la seguridad del Estado y el propio interés también legítimo de los individuos para preservar su libertad y seguridad personal. Se debe actuar de forma racional y desapasionada, aun cuando se enfrenta al terrorismo. Aunque se pretenda ver como un obstáculo la efectiva aplicación de la Ley, el apoyo a los derechos humanos y al Estado de Derecho mejora de hecho la seguridad humana. En última instancia, el respeto al Estado de Derecho disminuye la probabilidad de levantamientos sociales creando mayor estabilidad para una sociedad determinada y para sus vecinos Perseguir objetivos de seguridad a cualquier precio podría crear un mundo en el cual nadie está ni a salvo ni libre. Esto será ciertamente el caso si la única alternativa es la de elegir entre los terroristas y los verdugos.
En ocasión del Día Internacional de los Derechos Humanos hago un llamamiento a todos los gobiernos para que reafirmen su compromiso con la prohibición total de la tortura mediante:
. La condena de la tortura y los tratos degradantes, inhumanos o crueles y su prohibición en las respectivas legislaciones nacionales; . El respeto absoluto del principio de non-refoulement y la abstención de devolver personas a países donde pudieran ser torturadas. . El acceso a prisioneros y la abolición de la detención secreta. . La persecución legal de aquellos responsables de actos de torturas y malos tratos. . La prohibición del uso de información obtenida bajo tortura y tratos degradantes, inhumanos o crueles, ya sea que el interrogatorio haya tenido lugar en el propio país o en el extranjero. . La ratificación de la onvención contra la Tortura y su Protocolo Opcional, al igual que de otros tratados internacionales que prohíban la tortura.
José Luis Díaz
Information Officer, Spokesperson
Office of the High Commissioner for Human Rights
Telf. +4122 917 9242; fax +4122 917 9004; jdiaz@ohchr.org
RELATORES ESPECIALES REAFIRMAN PROHIBICIÓN BSOLUTA
DE LA TORTURA. ONU Noticias, 9/12/2005
La tortura -al igual que cualquier trato o castigo inhumano, cruel o degradante- está prohibida bajo cualquier circunstancia, incluido el estado de emergencia, afirmaron hoy en una declaración conjunta 33 relatores especiales de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU.
"Con ocasión del Día de los Derechos Humanos, expresamos alarma por los intentos de muchos Estados de transgredir las provisiones de las leyes internacionales de garantías fundamentales dando nombres nuevos a prácticas viejas", señalaron.
Tras subrayar que estos derechos son la base de toda sociedad democrática, lamentaron que los gobiernos los consideren cada día más como un obstáculo para mejorar la seguridad nacional.
Los expertos hicieron hincapié en que los Estados deben respetar en todo momento los estándares mínimos de dignidad del individuo.
"Todos los derechos humanos, económicos, sociales, sociales, culturales, sociales y políticos son garantías inalienables de todas las personas y los gobiernos no pueden dejarlos de lado cuando les parezcan inconvenientes", puntualizaron los relatores.
"Según los valores comprendidos en la Carta de las Naciones Unidas y otros instrumentos de la ONU, rechazamos la oposición artificial entre los derechos humanos y la seguridad nacional. Más aún, sostenemos que no puede haber seguridad sin respeto a los derechos humanos", concluyó la declaración.
HUMAN RIGHTS DAY: INDEPENDENT EXPERTS REAFFIRM PROHIBITION OF TORTURE IS ABSOLUTE. 9 December 2005
The following statement was issued today by 33 independent human rights experts of the United Nations:
"On the occasion of Human Rights Day, we express alarm at attempts by many States to circumvent provisions of international human rights law by giving new names to old practices. Whereas international instruments stress that human rights are at the foundation of any democratic society, more and more frequently they are portrayed as an obstacle to government efforts to guarantee security. This trend is illustrated by debates on the absolute prohibition of torture: a ban that recently had seemed an undisputed cornerstone of human rights law, anchored in numerous international legal instruments, but also accepted as a principle of jus cogens.
"For this reason we would like to reaffirm that the very rationale of human rights is that they provide minimum standards that have to be respected by States at all times, in particular when new challenges arise. All human rights, economic, social and cultural as well as civil and political, are inalienable rights of every single person. They cannot be brushed aside by Governments when they become 'inconvenient'.
"The physical and mental integrity of the person is essential to the web of minimum guarantees of respect for the human dignity, which is at the core of international human rights and a precondition for peace and development. As confirmed by article 2 of the Convention Against Torture and by articles 4 and 7 of the International Covenant on Civil and Political Rights, torture and any form of cruel, inhuman or degrading treatment or punishment are prohibited in all circumstances, including during a state of emergency.
"We are determined, in the framework of our respective mandates, to continue our work as defenders of all the human rights of all persons. Looking to the values enshrined in the Charter of the United Nations and other UN instruments, we reject the artificial opposition between human rights and national security. Indeed, there can be no security without respect for human rights".
The Independent Experts are:
- Ghanim Alnajjar, Independent Expert appointed by the Secretary-General on the situation of human rights in Somalia
- Philip Alston, Special Rapporteur on Extrajudicial, Summary or Arbitrary Executions
- Amada Benavides, Chairperson of the Working Group on the Use of Mercenaries as a Means of Impeding the Exercise of the Right of Peoples to Self-determination
- Jorge Bustamente, Special Rapporteur on Human Rights of Migrants
- Leandro Despouy, Special Rapporteur on the Independence of Judges and Lawyers
- Doudou Diène, Special Rapporteur on Contemporary Forms of Racism, Racial Discrimination, Xenophobia and Related Intolerance.
- John Dugard, Special Rapporteur on the situation of human rights in the Palestinian territories occupied since 1967
- Yakin Erturk, Rapporteur on Violence against Women, its Causes and Consequences
- Yash Ghai, Special Representative of the Secretary-General for human rights in Cambodia
- Sigma Huda, Special Rapporteur on trafficking in persons, especially in women and children
- Paul Hunt, Special Rapporteur on the right of everyone to the enjoyment of the highest attainable standard of physical and mental health
- Asma Jahangir, Special Rapporteur on Freedom of Religion or Belief
- Hina Jilani, Special Representative of the Secretary-General on Human Rights Defenders
- Louis Joinet, Independent Expert appointed by the Secretary-General on the situation of human rights in Haiti
- Walter Kälin, Representative of the Secretary-General on Internally Displaced Persons
- Miloon Kothari, Special Rapporteur on Adequate Housing as a Component of the Right to an Adequate Standard of Living
- Ambeyi Ligabo, Special Rapporteur on the Promotion and Protection of the Right to Freedom of Opinion and Expression
- Gay McDougall, Independent Expert on Minority Issues
- Juan E Méndez, Special Adviser to the Secretary General on the Prevention of Genocide
- Bernards A.N. Mudho, Independent Expert on the effects of economic reform policies and foreign debt on the full enjoyment of all human rights
- Vernor Muñoz, Special Rapporteur on the right to education
- Vitit Muntarbhorn, Special Rapporteur on the situation of human rights in the Democratic People's Republic of Korea
- Manfred Nowak, Special Rapporteur on torture and other cruel, inhuman or degrading treatment or punishment
- Akich Okola, Independent Expert on the situation of human rights in Burundi
- Juan Miguel Petit, Special Rapporteur on the Sale of Children, Child Prostitution and Child Pornography
- Paulo Sergio Pinheiro, Special Rapporteur on the situation of human rights in Myanmar
- Sima Samar, Special Rapporteur on the situation on human rights in the Sudan
- Martin Scheinin, Special Rapporteur on the promotion and protection of human rights while countering terrorism
- Adrian Severin, Special Rapporteur on the situation of human rights in Belarus
- Rodolfo Stavenhagen, Special Rapporteur on the situation of human rights and fundamental freedoms of indigenous people
- Stephen Toope, Chair, Working Group on Enforced or Involuntary Disappearances
- Leïla Zerrougui, Chair, Working Group on Arbitrary Detention
